La Independencia de Costa Rica

La victoria de Agustín de Iturbide en México propició la declaración de independencia de Guatemala el 15 de septiembre de 1821 y seguidamente de las demás provincias centroamericanas. Las provincias de la antigua Capitanía General de Guatemala se adhirieron inicialmente al Imperio Mexicano (1822-1823) y crearon a partir de 1823 la federación centroamericana bajo el nombre de Provincias Unidas de Centroamérica. En 1838 Costa Rica abandonó la federación (como ya habían hecho ese mismo año Nicaragua y Honduras) y 10 años después, el 31 de agosto de 1848, José María Castro Madriz sancionó el decreto que constituía a Costa Rica en República.

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Circulares de Mons. Nicolás García Jerez comunicando al clero la Independencia

El clero costarricense recibió las novedosas noticias de la declaración de Independenciad de Guatemala, así como de los acuerdos adoptados por la diputación provincial de León (Nicaragua) mediante dos circulares enviadas por su obispo, Nicolás García Jerez. 

Ambas circulares fueron recibidas en primera instancia por el vicario foráneo de Cartago (pbro. Pedro José Alvarado) y seguidamente por los sacerdotes de San José, Heredia, Alajuela y Escazú, quienes firmaron el documento.

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Agustín de Iturbide ordena rogativas públicas en las Iglesias del Imperio

Despacho original del obispo Nicolás García Jerez dirigido al vicario de Costa Rica, Pedro José Alvarado, para que circule entre las iglesias de su vicaría el decreto del emperador Iturbide, por el que éste manda que "en todas las iglesias seculares y regulares del Imperio se hagan por tres días rogativas públicas", convencido el emperador de necesitar el auxilio divino para gobernar los pueblos que la providencia le ha confiado.

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La Diócesis de Nicaragua y Costa Rica ordena al clero no inmiscuirse en asuntos políticos

El canónigo Francisco Ayerdi, gobernador del obispado ante la ausencia de Mons. Nicolás García Jerez (de hecho, éste ya había fallecido en Guatemala el 31 de julio de 1825, es decir, unos días antes de la fecha del documento), ordena a todo el clero del obispado no mezclarse en asuntos políticos. Pedro José Alvarado, vicario del Estado de Costa Rica, hace circular el despacho según el derrotero indicado al margen del propio documento (Cartago, San José, Escazú, Heredia, Alajuela y Ujarrás) "para que los respectivos curas juntando al clero lo lean". Ciertamente, el clero costarricense participó en las distintas vicisitudes políticas que vivió Costa Rica desde 1821 y en ocasiones utilizó el púlpito para manifestar sus opiniones.

Nótese cómo, signo de los tiempos, tanto el gobernador de la diócesis como el vicario foráneo de Costa Rica utilizan en este documento el título de ciudadanos.

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Costa Rica, República independiente (1848)

El gobernador de la provincia de Cartago comunica al vicario foráneo, en ese momento el sacerdote Rafael del Carmen Calvo, el decreto por el que Costa Rica se erige en República independiente, así como las disposiciones adoptadas para celebrar tan importante acontecimiento el mismo día de la publicación del decreto, previsto para el 15 de septiembre de ese mismo año.

Menos de dos años después, la Bula Cristianae Religionis Autor, otorgada por el Papa Pío IX el 28 de febrero de 1850, erigió la Diócesis de San José de Costa Rica.

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